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La Seguridad Social en la República Dominicana

Si trabajas en cualquier empresa, entidad pública o privada, tienes derecho de estar afiliado al Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.

Los seres humanos por naturaleza nos preocupamos por la seguridad de nuestras vidas y la de nuestras familias, y en especial cuando nos suceden eventos que interrumpen la vida productiva que llevamos. Es por esto que se hace necesario contar con sistemas de pensiones que sirvan de soporte o recompensa a estas situaciones.

En la República Dominicana contamos con el Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, amparado en la ley 87-01 sobre Seguridad Social. Este tiene como objetivo reemplazar la pérdida o reducción del ingreso por vejez, discapacidad, cesantía en edad avanzada y sobrevivencia.

El Sistema de Pensiones Dominicano cuenta con dos modalidades: Régimen Contributivo y Régimen Subsidiado. Al primero serán afiliados los trabajadores asalariados y es obligatorio, único y permanente; independientemente de que el beneficiario permanezca o no en actividad, ejerza dos o más trabajos de manera simultánea, pase a trabajar en el sector informal, abandone el país o cambie de Administradora de Fondos de Pensión (AFP). Al segundo se afiliará la población discapacitada, desempleada e indigente; como parte de una política general tendente a reducir los niveles de pobreza. Este último aún no está en funcionamiento.

Para el Régimen Contributivo se establece un salario cotizable máximo, equivalente a veinte (20) salarios mínimos nacional. Los trabajadores que prestan servicios a dos o más empleadores y/o reciben ingresos por actividades independientes, deberán declarar estos ingresos para fines de acumulación en su cuenta personal. De igual forma, el salario mínimo cotizable será igual a un (1) salario mínimo del que por ley correspondiente al sector donde trabaja el afiliado.

Es importante conocer al detalle cómo funciona el Régimen Contributivo, ya que es el que actualmente está en vigencia y que te permite aportar parte de tus ingresos a un fondo de pensiones que servirá como plataforma para tu jubilación. Revista Mi Dinero recogió algunas informaciones interesantes de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) que debemos conocer:

P: ¿Cómo sé en qué AFP se estoy afiliado? Comunicándote con la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) o preguntándole a tu empleador.

P: ¿Al cambiar de empleo se cambia de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP)? No, la afiliación es única y obligatoria. Tus fondos están en una cuenta de capitalización a tu nombre, por lo que, si cambias de trabajo o tienes más de uno, tus cotizaciones van a esa cuenta, que sigue estando a tu nombre y en la misma AFP.

P: ¿Si el afiliado está trabajando en la República Dominicana y decide residir en el extranjero, pierde sus fondos de pensiones acumulados en la AFP? No, los fondos de pensiones son propiedad del afiliado, por lo que si se va del país su dinero continúa invirtiéndose y obteniendo rentabilidad. La cuenta siempre será de su propiedad.

P: ¿Si estoy disfrutando de una pensión, y consigo un trabajo, debo cotizar al sistema? Si, toda persona que esté trabajando debe cotizar al Sistema Dominicano de Seguridad Social, incluyendo los pensionados.

P: ¿Un ciudadano Dominicano que resida en el extranjero puede afiliarse al Sistema de Pensiones de la República Dominicana? Si, los ciudadanos dominicanos residentes en el extranjero pueden afiliarse al Sistema Dominicano de Pensiones, seleccionando una AFP de las autorizadas por la SIPEN. La cotización estará a cargo del interesado y podrá efectuarse a través del sistema financiero o agencia del exterior; sus aportes los podrá hacer en monedas del país en que se encuentren, bajo el entendido de que también lo serán las prestaciones.

P: ¿Si mi AFP quiebra, que va a pasar con mis fondos? Su Cuenta de Capitalización será traspasada a otra AFP, en dicho proceso el afiliado tendrá el derecho de elegir a que AFP desea traspasase en un plazo de 30 días.

P: Me quiero traspasar de AFP, pero me ponen muchas trabas, nunca hay sistema, ¿Qué debo hacer? Debe llamar a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), al teléfono No.: 809-688-0018 y reportar esta situación o en su defecto, llamar a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) Tel.: 809-742-1900.

P: ¿Qué pasará con sus fondos acumulados de un trabajador de 51 años que cotizó en una AFP hasta el 2009? Los Fondos que este trabajador acumuló hasta el 2009 permanecen en su Cuenta de Capitalización Individual, ganando intereses. A partir de los 60 años de edad el afiliado podrá aplicar para una pensión bajo las modalidades establecidas por la Ley 87-01, en caso de cumplir los requisitos necesarios, de lo contrario, podrá recibir el monto total acumulado en su CCI

Carlos Vargas

carlosvargas@periodistas.com

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