Tiempo
Lectura
3 MIN

Constitución de Empresas en República Dominicana

Si eres de los que decide seguir el camino del emprendimiento, la constitución de tu compañía es uno de los primeros pasos que debes dar.

En la  actualidad en República Dominicana contamos con nuevas formas de organización jurídica de empresas, regida por la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 y por el Código de Comercio. Esta nueva ley reconoce viejas estructuras societarias y al mismo tiempo crea un ordenamiento societario nuevo, estableciendo siete tipos de compañías en nuestro país. Véase:

Tipos de compañías en República Dominicana

  • Las sociedades en nombre colectivo (S.N.C): son aquellas de 2 o más socios que tienen la calidad de comerciantes, en las cuales, estos responden por las obligaciones de la sociedad de forma ilimitada, solidaria y subsidiaria.
  • Las sociedades en comandita simple (S.C.S): son las sociedades que se componen de uno o varios socios comanditados que responden de manera solidaria, ilimitada y subsidiaria de las obligaciones sociales y de uno o más socios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.
  • Las sociedades en comandita por acciones (S.C.A): son sociedades híbridas entre las SA (tiene accionistas-comanditarios) y las en Comandita Simple (comanditados). Se conforma por uno o varios socios comanditados, los cuales, responden de manera solidaria, ilimitada y subsidiaria de las obligaciones sociales, y 3 o más socios comanditarios, que tienen la calidad de accionistas y como tales, sólo soportan las pérdidas en la proporción de sus aportes.
  • Las sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L): son aquellas que se forman por un mínimo de dos (2) y un máximo de cincuenta (50) socios, que no responden de forma personal por las deudas sociales y cuya personalidad por las pérdidas se limita a sus aportes.
  • Las sociedades anónimas (S.A): son las que existen entre dos o más personas bajo una denominación social, formada libremente y se compone exclusivamente de socios cuya responsabilidad por las pérdidas se limita a sus aportes.
  • Empresa individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L): pertenece a una persona física y es una entidad dotada de personalidad jurídica propia, con capacidad para ser titular de derechos y obligaciones, los cuales forman un patrimonio independiente y separado de los demás bienes de la persona física titular de dicha empresa.
  • Las sociedades anónimas simplificadas (SAS): son un tipo de sociedad comercial, en la cual, los socios solamente son responsables hasta el monto de sus aportes respectivos. Se requiere un mínimo de 2 accionistas, un capital autorizado mínimo de Tres Millones de Pesos, entre otras características.

Sin duda alguna, la Ley No. 479-08 establece nuevos criterios de conformación y gestión de los diferentes órganos de las Sociedades Comerciales en República Dominicana, así como mecanismos de control y supervisión social.

Pasos para constituir una empresa

Al momento de decidir constituir una empresa siempre  nos preguntamos por dónde comenzar, por lo que a continuación te presentamos los pasos, de acuerdo a la abogada y consultora jurídica María Vargas:

1. Registrar el Nombre Comercial en la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI).

  • Llenar el formulario en la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial ONAPI, con copia de cédula del dueño y/o del solicitante
  • Pago correspondiente al costo de registro
  • Pagar impuestos por constitución de Compañía en  la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)

2. Registrar los Documentos Legales en la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo

  • Depositar los documentos legales originales y 3 copias
  • Llenar formulario de solicitud de Registro Mercantil
  • Copia de las cédulas y/o pasaportes de los accionistas de la compañía
  • Copia del registro de Nombre Comercial
  • Copia del recibo de pago de impuesto por Constitución de Compañía

3. Solicitar el Registro Nacional del Contribuyente (RNC)

  • Formulario de Registro Nacional de Contribuyente (RNC)
  • Copia de registro del Nombre Comercial
  • Copia del Registro Mercantil

4. Obtener el Registro Sanitario que suministra el Ministerio de Salud Pública

5. Obtener el Registro Industrial que suministra Pro-Industria

6. Obtener el Permiso Ambiental que suministra el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Nuestra especialista consultada exhorta la asesoría de un abogado o centro jurídico legal para tales fines, ya que de esta manera se agiliza el proceso de constitución de la compañía y se aseguran los pasos necesarios para que puedas comenzar con las operaciones de tu empresa lo más pronto posible. Asimismo, debes tomar en cuenta que si ya decidiste formalizarla mediante un abogado, lo más recomendable es que le facilites todos los documentos que este necesite, para que pueda gestionar en el tiempo establecido y acordado la legalidad de tu compañía.

Otro consejo muy útil, es que al momento de solicitar una asesoría legal, debes cerciorarte de que el bufete jurídico o abogado independiente tenga buenas recomendaciones, no importa su nacionalidad, ya que eso te evitará malos momentos, gastar dinero adicional a lo que realmente se lleva el proceso, y sobre todo, estafas.

Coach y Conferencista en Finanzas
También te puede interesar

https://revistamidinero.com.do/ley-de-emprendimiento/

Nuestro sitio web utiliza cookies par aofrecer mejor experiencia a nuestros usuarios. Por favor consulta nuestras Políticas de Cookies