El lavado de activos , busca ocultar o disimular la naturaleza, origen, ubicación, propiedad o control de dinero y/o bienes obtenidos ilegalmente.
Generalmente se identifica el narcotráfico como el principal delito base del lavado de activos y claro no es el único, este también se puede originar en la venta ilegal de armas, trata de personas, malversación de fondos públicos, corrupción administrativa, fraude informático y el terrorismo, entre otros. Todos ellos producen beneficios y ganancias mal habidas, que se pueden tramitar de manera legal.
Si algo he aprendido manejando el entorno legal de los negocios, es que las negociaciones se manejan con tenacidad y rapidez. Por eso, los abogados de empresas tenemos la responsabilidad de identificar los aspectos legales que salvaguarden los intereses de nuestros clientes bajo un marco de seguridad jurídica, sin perder de vista el fin monetario o económico de la operación.
Antes de la entrada en vigor de la ley 155-17 sobre lavado de activos podríamos afirmar que:
- Siempre y cuando la naturaleza y finalidad de la operación fuera lícita, no recaerán obligaciones puntuales sobre actividades tales como: compra y venta de vehículos, inmuebles, joyas o la provisión de servicios jurídicos como incorporación de sociedades comerciales o compra y venta de acciones, salvo las obligaciones tributarias que se aplicaban al comercio en general.
Ahora, tras la implementación de la citada ley algunos sectores de la economía deben dirigir sus negocios apegándose a nuevas prácticas con un enfoque distinto al que primaba en sus relaciones comerciales.
Actualmente en nuestro país, la ley 155-17 contempla un programa de cumplimiento de lavado de activos, que es el conjunto de políticas y procedimientos que debe emplear la empresa para evaluar el riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo existente en sus relaciones comerciales con actuales y potenciales clientes, y frente sus empleados, funcionarios y directivos.
La prevención de activos
Para los profesionales del derecho que venimos del sector financiero, dicho programa es la “Biblia del Antilavado” de la organización y básicamente contiene desde los procesos más simples de apertura y contenido de expedientes hasta los criterios de vinculación de clientes, estructuras de comités para dar cumplimiento a la ley, sanciones al incumplimiento, entre otros aspectos importantes.
Para la banca, el mercado de valores y demás entidades del sector financiero la prevención lavado de activos es un tema maduro y ampliamente regulado para el cual estas instituciones han implementado estrategias, conocidas e implementadas por todo el personal para cumplir con sus obligaciones ante el regulador.
Hace unas semanas conversaba con una amiga que tiene muchos años de experiencia como oficial de cumplimiento en un reconocido puesto de bolsa, y me hablaba de cómo el programa de cumplimiento de la empresa era “Go To Document” sobre procesos de todo el personal.
Según la ley, lo más importante del programa, es que debe tener un enfoque basado en riesgos. ¿Qué significa esto? Que, basados en que el riesgo es una posibilidad que siempre está abierta, la empresa debe analizar qué medidas va a implementar para prevenir que una persona que quiera encubrir el origen ilegal de sus fondos utilice su negocio para dar apariencia legítima a sus bienes.
Uno de los retos principales del sector no financiero es implementar un sistema que no pierda de vista la parte comercial, es decir, qué medidas voy a tomar que permitan que la empresa continúe siendo competitiva y que las políticas a implementar no entorpezcan los negocios.
Paola Romero/ @paolaromero40
Abogada Corporativa
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