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PROTECOM: Un espacio para reclamar tus derechos

Para realizar cualquier reclamo ante este organismo, debes haber tramitado la reclamación ante la Empresa de Distribución de Electricidad. Desde el año 2011, los dominicanos usuarios del servicio eléctrico cuentan con un organismo centralizado al que pueden acudir en caso de que sean vulnerados sus derechos. A través de la Ley General de Electricidad No. 125-01, se creó la Oficina de Protección al Consumidor de Electricidad (Protecom), la cual, tiene como función atender los reclamos de los consumidores de servicio público frente a las facturaciones, mala calidad de los servicios o cualquier queja motivada por excesos o actuaciones indebidas de parte las Empresas Distribuidoras de Electricidad.

Esta oficina está bajo la dirección de la Superintendencia de Electricidad y funciona en las principales ciudades del país, donde todo ciudadano que sea cliente o usuario titular de una Empresa de Distribución de Electricidad, puede presentar una reclamación en segunda instancia.

¿Cómo puedes reclamar tus derechos ante PROTECOM?

Una vez determines que existe alguna irregularidad en tu factura o cualquier violación a tus derechos de usuario, primero debes realizar una reclamación a la Empresa de Distribución de Electricidad con la que tengas el contrato (primera instancia), y si no responden a tu solicitud en el tiempo establecido por ley o no quedaste satisfecho con la decisión adoptada, el siguiente paso es llevar el caso a PROTECOM.

Recuerda que como Cliente o Usuario Titular, cuentas con un plazo de diez (10) días laborables, a partir de la fecha en que recibes respuesta de la Empresa de Distribución de Electricidad, para realizar tus reclamaciones en PROTECOM. En caso de que el plazo se venza, la reclamación sería inadmisible.

Requisitos para Presentar Reclamaciones en PROTECOM

Para realizar cualquier reclamo ante este organismo, debes aportar la documentación que compruebe haber tramitado la reclamación en primera instancia, es decir, ante la Empresa de Distribución de Electricidad. En caso de que la distribuidora haya emitido una respuesta, se te solicitará presentar copia de la misma o el comprobante de que la reclamación fue realizada (formulario de reclamación, acuse de instancia depositada, etc.)

Asimismo, si la Empresa de Distribución no ha emitido respuesta, luego de vencido el plazo establecido para la misma, debes presentar el comprobante de reclamación entregado en la distribuidora (formulario de reclamación, acuse de instancia depositada, etc.).

¿Por cuáles motivos puedes reclamar ante las distribuidoras y PROTECOM?

A través de la resolución SIE-305-2011 sobre la Homologación de Motivos para Presentación de Reclamaciones ante las Distribuidoras y las Oficinas de Protección al Consumidor de Electricidad (PROTECOM), la Superintendencia de Electricidad dio a conocer los motivos básicos por los cuales los usuarios titulares pueden reclamar. Aquí te mencionamos algunos:

  • Facturación sin aplicar créditos por fallos de PROTECOM (reclamación del usuario por devolución ordenada por PROTECOM, pero que no ha sido acreditada o pagada por la Empresa Distribuidora)
  • Actas de irregularidad no intencional, facturación con precios incorrectos
  • Retraso en reconexión del servicio (reclamación del usuario por no reconexión del servicio por la Empresa Distribuidora, pasando el plazo permitido de 12 horas en Zona Urbana y 24 horas en Zona Rural)
  • Facturación con cargos indebidos por reconexión
  • Corte indebido
  • Facturación alta
  • Facturación estimada sin uso de energía
  • Facturación con cambio unilateral de tarifa
  • Facturación sin aplicar pagos realizados
  • Facturación con tarifa contratada asignada incorrectamente
  • Facturación sin acatar orden de cambio de tarifa por fallo de PROTECOM

 ¿La Ley General de Electricidad te protege?

En la Ley General de Electricidad se establecen derechos y deberes, tanto a los ciudadanos como a las Empresas de Distribución de Electricidad, con el objetivo de lograr el bienestar de los clientes o usuarios titulares y del Sector Energético. A continuación te presentamos algunos de esos derechos:

  • Derecho a exigir a la Empresa de Distribución de Electricidad la debida atención y procesamiento de los reclamos o quejas que considere pertinente efectuar.
  • Derecho a abonar el equivalente al promedio de las tres (3) últimas facturas pagadas, en el caso de presentar reclamaciones por facturas de consumo por montos mayores al pago regular (de que no existir históricos de pagos, pagará el equivalente al 33% de la factura)
  • Derecho a solicitar un acuerdo de pago sin intereses, en caso de que su facturación mensual exceda los treinta y un (31) días

Reclamar es un derecho legal que tienes como usuario del servicio eléctrico y tanto las Distribuidoras como PROTECOM, están en la obligación de atender todos los casos que se presenten. Verificar tu factura y monitorear tu medidor cada mes te mantendrá alerta ante cualquier irregularidad o cargo fuera lo establecido y/o contrato. Además, podrás tener el control de que lo pagas es realmente lo que consumes.

Consulta las dependencias de PROTECOM en http://www.sie .gob.do

por CARLOS VARGAS | carlosvargas@revistamidinero.do

fuente  http://www.sie .gob.do

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